One cédula per child

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Es la historia de una niña la que anima estas líneas.

Lucía tiene seis años. Aunque nació lejos de la patria de José Pedro Varela, su mundo es Uruguay. En diciembre terminó el primer año de primaria en una escuela pública de un barrio céntrico de Montevideo. Ella, como otros niños migrantes en muchas escuelas del país, no tiene ceibalita, porque no tiene cédula de identidad.

Son niños que han sido segregados de una política pública que apuesta a la integración social, esa que ha merecido premios y ovaciones internacionales por su tendencia universalista e inclusiva.

Según datos proporcionados por Plan Ceibal, hasta 2012 era posible asignar una XO a los alumnos “extranjeros” con el documento de otro país. Los requisitos cambiaron para “no duplicar la entrega de los equipos”, y ahora es condición sine qua non tener la cédula de identidad uruguaya.

Esto podría parecer, además, un incentivo para que los padres de los niños regularicen su situación migratoria, y que incluso otros niños uruguayos que por diversas razones no tienen la cédula accedan a ella. Sin embargo, el trayecto para la obtención del documento de identidad en el caso de las personas migrantes no es sencillo y, de hecho, reviste diversas complicaciones debido a una mala gestión de la incipiente política migratoria con la que contamos (ver “Respuesta lenta”).

En estos casos, el Estado termina restringiendo derechos en virtud de sus propias incapacidades. Claramente, la falta de documento de identidad es un síntoma de situaciones de vulnerabilidad más profundas, por lo que la negación de derechos a partir de esta situación complejiza la exclusión de los “indocumentados”.

La problemática migratoria atraviesa distintos sectores de la gestión gubernamental, por lo que, sin duda, desde el ámbito educativo sería posible incidir en procesos de inclusión de niñas y niños migrantes.

Detrás de cada número que registra el sistema GURI (Gestión Unificada de Recursos e Información) del Consejo de Educación Inicial y Primaria hay una historia no contada. ¿Cuántos niños están en esa situación? ¿Cuántas niñas no son integradas plenamente al sistema educativo por un problema administrativo que las hace ciudadanas de segunda?

¿Qué estamos priorizando como Estado cuando restringimos un derecho en virtud de un trámite administrativo? Ante la ausencia de una política clara, ¿el lugar de nacimiento seguirá siendo fundamento legítimo en la limitación del ejercicio de derechos y criterio explicativo de las desigualdades?

El sistema hace responsables a los niños por el lugar donde nacieron, por la ignorancia de sus padres, por las incapacidades de burocracias robustas, por los fetichismos de la ciudadanía. Más allá de las túnicas y moñas azules que atesoran los sueños de la homogenización y la igualdad, se encuentran las ilusiones mudas de Lucía y de otros niños olvidados. Entre los pupitres palpita el sentimiento de la otredad.

Este ciclo lectivo es un buen momento para cambiar los criterios que hoy violentan el principio de igualdad y no discriminación hacia niños y niñas migrantes.

Respuesta lenta

En los últimos seis años los pasos más importantes en materia migratoria fueron la implementación del Plan de Respuesta Rápida y la Ley 19.254, que busca facilitar la residencia para el caso de familiares de uruguayos y ciudadanos del Mercosur y Asociados. Sin embargo, las propuestas no han sido gestionadas óptimamente. El Plan de Respuesta Rápida, que intentaba acelerar los trámites para la obtención de la cédula provisoria, constituye un placebo que oculta las demoras en la regularización migratoria, que pueden tardar entre uno y dos años. Algunos migrantes (de ciertas nacionalidades) obtienen rápidamente la cédula provisoria y tienen que renovarla varias veces antes de contar con la definitiva. Otros terminan su experiencia migratoria antes de que su expediente vea la luz. **Hecha la ley, hecha la trampa** La aprobación de la Ley 19.254 implicó que para efectos de regularización los contingentes migratorios se dividieran en dos: por un lado, la población prevista en dicha ley (familiares de uruguayos y ciudadanos del Mercosur y Asociados); por otro, el resto del mundo. En el marco de esta ley, todos los trámites de la “población prioritaria” pasaron a la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) y están a cargo específicamente de la Dirección General de Asuntos Consulares y Vinculación. Si bien la ley establece que el MRE debe expedirse sobre el otorgamiento de la residencia solicitada en un plazo no mayor a 30 días hábiles, la fecha de audiencia para el inicio del trámite es mayor a ocho meses. Por otra parte, esta nueva disposición no se armonizó con el Plan de Respuesta Rápida, lo que significa que familiares de uruguayos y ciudadanos de la región (como Lucía), la “población prioritaria” de la política migratoria, paradójicamente, tardan más en obtener la cédula de identidad que el resto de los extranjeros que tengan pretensiones de radicarse en Uruguay. Esto confirma el dicho que sostiene: “La burocracia para cada solución tiene un problema”.

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